Formación Ocupacional .
¿Qué es?
El Bachillerato es la última etapa de la Educación Secundaria, tiene carácter voluntario y su duración es de dos cursos, normalmente entre los 16 y los 18 años.
Tiene modalidades diferentes que permiten una preparación especializada de los alumnos (con elección de distintos itinerarios dentro de cada modalidad) para su incorporación a estudios superiores o a la vida activa. Sus finalidades son:
- Formación general, que favorezca una mayor madurez intelectual y personal, así como una mayor capacidad para adquirir una amplia gama de saberes y habilidades.
- Preparatoria, que asegure las bases para estudios posteriores, tanto universitarios como de formación profesional.
- Orientadora, que permita a los alumnos ir encauzando sus preferencias e intereses.
Títulación.
Título de Bachiller.
- Para obtener el Título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las asignaturas de la modalidad cursada.
- El título de Bachiller facultará para acceder a la formación profesional de grado superior y a los estudios universitarios. En este último caso será necesaria la superación de una Prueba de Acceso (selectividad), que, junto a las calificaciones obtenidas en el Bachillerato, valorará, con carácter objetivo, la madurez académica de los alumnos y los conocimientos adquiridos en él.
Asimismo facultará para acceder a grados y estudios superiores de enseñanzas artísticas, previa superación de la correspondiente prueba.
- De acuerdo con lo establecido en el artículo 41º.2 de la LOGSE, los alumnos que hayan terminado el tercer ciclo del grado medio de las Enseñanzas de Música o Danza, obtendrán el título de Bachiller, si superan las materias comunes del Bachillerato.
- En virtud de lo establecido en el artículo 53º.4 de la LOGSE, el Gobierno establecerá las condiciones en las que las Administraciones educativas podrán organizar pruebas para que los adultos mayores de veintitrés años puedan obtener directamente el título de Bachiller. Dichas pruebas se organizarán de manera diferenciada según las modalidades del Bachillerato.
Duración
- Dos años. Excepcionalmente tres para la modalidad de nocturno.
- La permanencia en el Bachillerato en régimen escolarizado será de cuatro años, como máximo.
- Esto último no afecta a los alumnos que cursen el Bachillerato por otro régimen de enseñanza, de adultos o a distancia.
Acceso
Podrán acceder a los estudios del Bachillerato los alumnos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria o título equivalente.
- Haber terminado los cursos comunes de los estudios de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.
- En la modalidad de Artes, los que hayan obtenido el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño si han cursado ciclos formativos de grado medio, tras acceder a ellos a través de la prueba prevista en la correspondiente normativa.
- Asimismo, podrán acceder directamente a las modalidades que se determinen los alumnos que hayan obtenido el título de Técnico tras cursar la Formación Profesional Específica de grado medio, según lo dispuesto en el artículo 35º.3 de la LOGSE. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte regulará el acceso a cada una de las modalidades, teniendo en cuenta la relación con los estudios de Formación Profesional cursados.
- En las modalidades que se determinen, teniendo en cuenta su relación con los estudios cursados, los que posean el título de Técnico Deportivo en cualquiera de sus modalidades o especialidades deportivas, tras haber accedido a estas enseñanzas por la superación de la prueba de madurez prevista en la normativa correspondiente.
- Con objeto de que puedan simultanear las Enseñanzas de Música o de Danza con el estudio de las materias comunes del Bachillerato, los alumnos podrán matricularse en éstas (únicamente) a condición de poseer el título de Graduado en Educación Secundaria y de haber terminado el segundo ciclo del grado medio correspondiente. En todo caso, las materias comunes habrán de cursarse, como mínimo, en dos años.El centro educativo en el que hayan cursado y superado las materias comunes de Bachillerato realizará la propuesta para la expedición del título de Bachiller a esos alumnos.
- Las personas adultas podrán disponer de una oferta específica y de una organización adecuada a sus características para cursar el Bachillerato en centros ordinarios siempre que tengan la titulación requerida. Las Administraciones educativas organizan enseñanzas en régimen nocturno con modelos específicos. En estas enseñanzas también tienen cabida aquellos alumnos mayores de 16 años que acrediten fehacientemente su condición de trabajadores o que se encuentren en circunstancias excepcionales que le impidan realizar los estudios en régimen ordinario.
Estructura
Comprende dos años académicos, desde los dieciséis a los dieciocho años de edad de los alumnos, y se organiza en dos cursos.
Modalidades
Son las siguientes:
- Artes
- Ciencias de la Naturaleza y de la Salud
- Humanidades y Ciencias Sociales
- Tecnología
Las enseñanzas del bachillerato están estructuradas en modalidades; unas de corte más académico y otras más profesional, facilitando así que cada alumno pueda elegir su propio itinerario formativo en función de sus capacidades e intereses académicos y profesionales
¿Qué son los itinerarios?
Las enseñanzas de Bachillerato permiten a los alumnos cursar estos estudios de acuerdo con sus preferencias, en virtud de la elección de una modalidad entre las cuatro previstas, una opción dentro su modalidad y unas determinadas materias optativas. Estas sucesivas elecciones configuran el itinerario personal de cada alumno. La posibilidad de elección aumenta progresivamente de primero a segundo curso, en el que se incluyen, dentro de cada modalidad, 2 ó 3 opciones posibles que guardan, en la mayor parte de los casos, una estrecha relación con determinados estudios posteriores universitarios o profesionales. La elección de determinadas materias optativas ofrece, por otra parte, bien la posibilidad, a los alumnos que lo desean, de concurrir a las pruebas de acceso a la universidad por más de una opción, o por una opción distinta de la prevista para la modalidad o itinerario cursado, bien la posibilidad de profundizar en aspectos específicos de su modalidad, o bien ampliar la formación que pueden adquirir en la modalidad elegida, cursando como optativas materias propias de otras modalidades o materias optativas de posible interés formativo para los alumnos de todas las modalidades del Bachillerato.
Por último, los alumnos pueden en determinadas condiciones cambiar de modalidad o de itinerario en segundo curso de la etapa; y, por otra parte, pueden, si es su deseo, matricularse al finalizar la etapa de Bachillerato en aquellas materias vinculadas con alguna opción de las Pruebas de Acceso a la Universidad, no relacionada con la modalidad superada, a fin de que puedan presentarse a las mencionadas pruebas por esa opción.
Materias
- El Bachillerato se organiza en:
- materias comunes, para todos los alumnos independientemente de la modalidad elegida. Pretenden contribuir a la formación general del alumnado
- materias propias de cada modalidad, que caracterizan a cada una de las modalidades y contribuyen a que el alumno obtenga una formación específica ligada a la modalidad elegida, y
- materias optativas, que amplían la posibilidad de elección.
- Los alumnos deberán cursar seis materias propias de la modalidad elegida, tres en cada curso.
- Las Administraciones educativas organizarán las Modalidades distribuyendo las materias correspondientes a cada una de ellas en los dos cursos que componen el Bachillerato. Asimismo, fijarán las materias optativas del Bachillerato, así como el número de ellas que los alumnos deberán superar en cada uno de los cursos del Bachillerato.
- En dicha fijación, las Administraciones educativas podrán tener también en cuenta las propuestas realizadas por los Centros educativos. En todo caso, las materias de modalidad vinculadas a cada una de las vías de acceso a estudios universitarios se impartirán en el segundo curso de Bachillerato.
- Los alumnos podrán elegir como materias optativas no sólo las que resulten de lo previsto en el apartado anterior, sino también cualesquiera de las materias definidas como propias de las diferentes Modalidades, de acuerdo con lo que al efecto determinen las Administraciones educativas en función de las posibilidades de organización de los Centros.
Objetivos
El Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos las siguientes capacidades:
- Dominar la lengua castellana y la lengua oficial propia de la Comunidad Autónoma.
- Expresarse con fluidez y corrección en una lengua extranjera.
- Analizar y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo y los antecedentes y factores que influyen en él.
- Comprender los elementos fundamentales de la investigación y del método científico.
- Consolidar una madurez personal, social y moral que les permita actuar de forma responsable y autónoma.
- Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.
- Dominar los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y las habilidades básicas propias de la modalidad escogida.
- Desarrollar la sensibilidad artística y literaria como fuente de formación y enriquecimiento cultural.
- Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal.
Plan de Estudios
Distribución de las materias en cada uno de los dos cursos de las distintas modalidades
Comunes |
CURSO - 1º |
- |
Educación Física |
- |
Filosofía I |
- |
Lengua castellana, lengua oficial propia de las CC.AA. y Literatura I |
- |
Lengua extranjera I |
- |
Religión o Actividades de estudio |
|
Propias
de
Modalidad |
Modalidad de Artes |
Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud |
CURSO - 1º |
CURSO - 2º |
CURSO - 1º |
CURSO - 2º |
- |
Dibujo Artístico I |
- |
Dibujo Técnico I |
- |
Volumen |
|
- |
Dibujo Artístico II |
- |
Dibujo Técnico II |
- |
Fundamentos de diseño |
- |
Historia del Arte |
- |
Imagen |
- |
Técnicas de expresión gráfico-plástica |
|
- |
Biología y Geología |
- |
Dibujo Técnico I |
- |
Física y Química |
- |
Matemáticas I |
|
- |
Biología |
- |
Ciencias de la Tierra y Medioambientales |
- |
Dibujo Técnico II |
- |
Física |
- |
Matemáticas II |
- |
Química |
|
Optativas |
- |
Talleres artísticos |
- |
Matemáticas de la forma |
- |
Volumen II |
- |
Ampliación de Sistemas de representación técnico-gráficos |
|
- |
Geología |
- |
Fisiología y Anatomía humana |
- |
Técnicas de laboratorio |
|
Segunda Lengua Extranjera / Música / Ciencia, Tecnología y Sociedad / Comunicación Audiovisual / Tecnología de la Información |
Comunes |
CURSO - 2º |
- |
Filosofía II |
- |
Lengua Extranjera II |
- |
Historia |
- |
Lengua castellana, lengua oficial propia de las
CC.AA. y Literatura II |
|
Propias
de
Modalidad |
Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales |
Modalidad de Tecnología |
CURSO - 1º |
CURSO - 2º |
CURSO - 1º |
CURSO - 2º |
- |
Economía |
- |
Griego I |
- |
Historia del Mundo Contemporáneo |
- |
Latín I |
- |
Matemáticas aplicadas a las CC.SS I |
|
- |
Economía y Org. de Empresas |
- |
Geografía- Griego II |
- |
Historia del Arte |
- |
Historia de la Música |
- |
Latín II |
- |
Matemáticas aplicadas a las CC.SS II |
|
- |
Dibujo Técnico I |
- |
Física y Química |
- |
Matemáticas I |
- |
Tecnología industrial I |
|
- |
Dibujo Técnico II |
- |
Electrotecnia |
- |
Física |
- |
Matemáticas II |
- |
Mecánica |
- |
Tecnología industrial II |
|
Optativas |
- |
Psicología |
- |
Literatura Española y Universal |
- |
Fundamentos de Administración y Gestión |
|
- |
Principios fundamentales de Electrónica |
- |
Técnicas de laboratorio |
|
Segunda Lengua Extranjera / Música / Ciencia, Tecnología y Sociedad / Comunicación Audiovisual / Tecnología de la Información |
nota: véase "MATERIAS" en la página anterior, relativa a la ESTRUCTURA del Bachillerato
Pruebas de Acceso
Vías de acceso a estudios universitarios y materias vinculadas a cada una de las vías
Vía |
Científico-tecnológica |
Ciencias de la Salud |
Humanidades |
Ciencias Sociales |
Artes |
Materias |
Matemáticas
Física |
Biología
Química |
Latín
Historia del Arte |
Matemáticas aplicadas a las CC.SS.
Geografía |
Dibujo Artístico
Historia del Arte |
Ejemplo de Distribución Horaria Semanal
Tipo de Materia |
Primer curso |
Segundo curso |
Materias |
horas |
Materias |
horas |
Comunes |
Educación Física |
2 |
Historia |
4 |
Lengua Castellana y Literatura I |
4 |
Lengua Castellana y Literatura II |
4 |
Filosofía I |
3 |
Filosofía II |
3 |
Lengua Extranjera I |
3 |
Lengua Extranjera II |
3 |
Religión / Sociedad, Cultura y Religión |
2 |
|
|
Propias de Modalidad |
Tres |
12 |
Tres |
12 |
Optativas |
Una (*) |
4 |
Una (*) |
4 |
Tutoría |
|
1 |
|
1 |
|
TOTAL |
30(31) |
TOTAL |
30(31) |
(*).- En el caso excepcional de cursar una materia optativa más se incrementará en 4 horas el horario semanal de los alumnos correspondientes.
El calendario lectivo lo establece cada Comunidad Autónoma, y respeta unos requisitos mínimos que garantizan la homogeneidad del sistema educativo al tiempo que contemplan las características de cada zona geográfica.
De acuerdo con lo establecido por el artículo 4º de la LOGSE, las comunidades autónomas con lengua oficial distinta del castellano dispondrán, en relación con los horarios de enseñanzas mínimas, de las áreas del ámbito lingüístico el 10% del horario escolar total para la organización de las enseñanzas de la mencionada lengua propia. En todo caso, garantizarán una distribución proporcional de dicho porcentaje entre las diferentes áreas lingüísticas. |
Evaluación y Promoción
Evaluación
- La evaluación de las enseñanzas del Bachillerato se realizará teniendo en cuenta los objetivos educativos y los criterios de evaluación establecidos en el currículo para cada curso y concretados en las programaciones didácticas.
- Los profesores evaluarán tanto los aprendizajes de los alumnos como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente.
- En la evaluación del aprendizaje de los alumnos, que se realizará por materias, los profesores considerarán el conjunto de las materias del correspondiente curso, así como la madurez académica de los alumnos en relación con los objetivos del Bachillerato y sus posibilidades de progreso en estudios posteriores.
Movilidad entre los diferentes regímenes de enseñanza
Los alumnos se podrán incorporar a las enseñanzas en Régimen nocturno, desde el diurno o el de distancia respetando las condiciones de promoción existentes en el régimen del que provengan. La incorporación desde el régimen diurno se hará de acuerdo con el cuadro adjunto:
Situación académica de los alumnos en el régimen diurno |
Incorporación al régimen nocturno |
Modelo A |
Modelo B |
Alumnos que han cursado 1º y tienen más de dos
materias pendientes. |
Primer Bloque
Deben cursar todas las materias del mismo. |
Primer Curso
Deben cursar todas las materias del mismo. |
Alumnos que han cursado 1º y lo han superado en su totalidad o tienen una o dos materias pendientes. |
Segundo Bloque
Conservan las materias superadas en el diurno y deben recuperar las pendientes. |
Segundo Curso
Conservan las materias superadas en el diurno y deben recuperar las pendientes. |
Alumnos que han cursado 2º y tienen más de tres materias pendientes. |
Segundo Bloque
Conservan las materias superadas del primer curso diurno. |
Segundo Curso
Conservan las materias superadas del primer curso diurno. |
Alumnos que han cursado 2º y tienen tres o menos materias pendientes. |
Se matricularán exclusivamente de las materias pendientes independientemente del bloque en que se ubiquen éstas. Una vez superadas, se les concederá el Título. |
Se matricularán exclusivamente de las materias pendientes. Una vez superadas, se les concederá el Título.
|
Los alumnos procedentes del Bachillerato en el régimen de distancia conservarán las calificaciones de las materias superadas en el mismo al integrarse en el régimen nocturno.
Si alguna de las materias optativas pendientes de evaluación positiva en el régimen de procedencia no se impartiese en el régimen nocturno, el alumno deberá sustituirla por otra equivalente de las que aparecen en las del régimen nocturno, que no haya sido superada con anterioridad.
Los alumnos que desde el régimen nocturno se incorporen al diurno, lo harán en las condiciones de promoción de este último régimen, es decir, el alumno repetirá el primer curso si le quedan pendientes más de dos materias de este curso, y repetirá el segundo curso si le quedan pendientes más de tres materias, entendiendo por materias todas las que conforman cada curso del régimen diurno.
Evaluación y Promoción
Cambio de una modalidad
Las Administraciones educativas establecerán las condiciones en las que un alumno que ha cursado el primer año del Bachillerato dentro de una determinada modalidad pueda pasar al segundo en una modalidad distinta.
Evaluación y Promoción
Promoción
- Para poder cursar el segundo año de Bachillerato será preciso haber recibido calificación positiva en las asignaturas de primero con dos excepciones como máximo.
- Los alumnos podrán realizar una prueba extraordinaria de las asignaturas que no hayan superado, en las fechas que determinen las Administraciones educativas. Una vez realizada esta prueba, cuando el número de asignaturas no aprobadas sea superior a dos, el alumno deberá permanecer otro año en el mismo curso y repetir el curso en su totalidad.
- Los alumnos que, al terminar el segundo curso de Bachillerato, tengan tres o menos materias pendientes habrán de cursar únicamente estas materias.
- A efectos de esta disposición se considerará una sola materia aquella que se curse con la misma denominación en los dos años del Bachillerato.
- Las disposiciones anteriores no afectan a los alumnos que cursen el Bachillerato por otro régimen de enseñanza, de adultos o a distancia.
Normas de Prelación
Materias de segundo curso cuya evaluación final está condicionada a la superación de la correspondiente materia de primer curso
Materias de 2º curso con evaluación condicionada |
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A efectos de repetición de segundo curso, las dos materias homónimas con niveles I y II, se computarán como una sola. |
Movilidad entre los diferentes regímenes de enseñanza
Los alumnos se podrán incorporar a las enseñanzas en Régimen nocturno, desde el diurno o el de distancia respetando las condiciones de promoción existentes en el régimen del que provengan. La incorporación desde el régimen diurno se hará de acuerdo con el cuadro adjunto:
Situación académica de los alumnos en el régimen diurno |
Incorporación al régimen nocturno |
Modelo A |
Modelo B |
Alumnos que han cursado 1º y tienen más de dos
materias pendientes. |
Primer Bloque
Deben cursar todas las materias del mismo. |
Primer Curso
Deben cursar todas las materias del mismo. |
Alumnos que han cursado 1º y lo han superado en su totalidad o tienen una o dos materias pendientes. |
Segundo Bloque
Conservan las materias superadas en el diurno y deben recuperar las pendientes. |
Segundo Curso
Conservan las materias superadas en el diurno y deben recuperar las pendientes. |
Alumnos que han cursado 2º y tienen más de tres materias pendientes. |
Segundo Bloque
Conservan las materias superadas del primer curso diurno. |
Segundo Curso
Conservan las materias superadas del primer curso diurno. |
Alumnos que han cursado 2º y tienen tres o menos materias pendientes. |
Se matricularán exclusivamente de las materias pendientes independientemente del bloque en que se ubiquen éstas. Una vez superadas, se les concederá el Título. |
Se matricularán exclusivamente de las materias pendientes. Una vez superadas, se les concederá el Título.
|
Los alumnos procedentes del Bachillerato en el régimen de distancia conservarán las calificaciones de las materias superadas en el mismo al integrarse en el régimen nocturno.
Si alguna de las materias optativas pendientes de evaluación positiva en el régimen de procedencia no se impartiese en el régimen nocturno, el alumno deberá sustituirla por otra equivalente de las que aparecen en las del régimen nocturno, que no haya sido superada con anterioridad.
Los alumnos que desde el régimen nocturno se incorporen al diurno, lo harán en las condiciones de promoción de este último régimen, es decir, el alumno repetirá el primer curso si le quedan pendientes más de dos materias de este curso, y repetirá el segundo curso si le quedan pendientes más de tres materias, entendiendo por materias todas las que conforman cada curso del régimen diurno.
Acceso a otros estudios
- Estudios Universitarios
- Formación Profesional de Grado Superior
- Enseñanza de Idiomas (Prueba de nivel)
- Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño. Ciclos de Grado Superior
- Enseñanzas de Música(Grado Superior)
- Enseñanzas de Danza (Grado Superior)
- Enseñanzas de Arte Dramático
- Enseñanzas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales
- Enseñanza Superior de Diseño
- Enseñanza Superior de Cerámica
- Enseñanzas de Técnicos Deportivos (Grado Superior)
Equivalencias a efectos laborales
Finalidad
Las equivalencias a efectos laborales ofrecen la posibilidad de incorporarse a puestos de trabajo a personas adultas que no disponen de los títulos académicos o profesionales establecidos legalmente. Se establecen únicamente en relación con los requisitos que se exigen en las convocatorias a puestos de trabajo públicos o privados.
Tipos de Equivalencias
Existen dos tipos de equivalencias de estudios a efectos laborales: Las recogidas por la normativa y las otorgadas por resoluciones individualizadas.
A continuación se relacionan las equivalencias a efectos laborales (o profesionales) recogidas en la normativa:
- Equivalencias con el Graduado Escolar:
- Orden Ministerial de 26 del 11 de 1975: Bachillerato elemental, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado, 4 cursos completos de cualquier Bachillerato extinguido.
- Orden Ministerial de 4 del 2 de 1986: Certificado de Estudios Primarios expedido con anterioridad a la finalización del curso 1975-76.
- Orden Ministerial de 10 del 10 de 1986: Los que acrediten haber reunido las condiciones para haber obtenido el Certificado de Estudios Primarios.
- Equivalencias con el Graduado en Educación Secundaria:
- LOGSE (Disposición Adicional 4ª.1): Título de Graduado Escolar.
- LOGSE (Disposición Adicional 4ª.3): Título de Técnico Auxiliar.
- Equivalencias con el título de Bachiller:
- Orden Ministerial del 26 del 11 de 1975: Bachiller Superior; Formación Profesional de Segundo Grado; tener aprobados todos los cursos de Bachillerato con sujeción a planes extinguidos; tener aprobados seis cursos de Humanidades con dos de Filosofía de la carrera eclesiástica.
- Resolución de la Dirección General de Enseñanzas Medias de 14 del 4 de 1977: tener aprobados seis cursos completos del plan 57, a falta de las pruebas de Grado.
- LOGSE (Disposición Adicional 4ª.2): Título de Bachiller (LGE) equivale profesionalmente al nuevo título de Bachiller (LOGSE).
Las personas interesadas sólo tienen que exhibir las certificaciones acreditativas de que cumplen los requisitos exigidos por las normas legales para el reconocimiento de sus estudios a efectos laborales. No es necesario, por tanto, ningún acto administrativo ni, en consecuencia, la intervención de ninguna Administración.
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